diciembre 5, 2014
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(Video) Hasta el 24 de diciembre empleadores tienen de plazo para cancelar pago del bono navideño.

Conforme dispone el Artículo 11 del Código de Trabajo, las instituciones públicas, regidas bajo la Ley Orgánica de Servicio Público; y las privadas regidas por el Código de Trabajo deberán cancelar a sus empleados el decimotercer sueldo o también conocido como bono navideño hasta el 24 de diciembre de este año.

El periodo de cálculo está comprendido del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso. Las personas que han trabajado por un tiempo inferior al período de cálculo, tienen derecho a una parte proporcional del décimo tercer sueldo.

Los formularios lo podrán obtener vía internet a fin de agilizar los procesos de los ciudadanos.

Así mismo hizo un llamado a los empleadores que contratan personal por esta temporada navideña para que legalicen el contrato ante el Ministerio de Trabajo Coordinación Zonal 7, a fin de no ser sancionados.

[youtube]http://youtu.be/H6oc1WpApG8[/youtube]

Informa: Paulina Pucha

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