abril 28, 2014
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Código territorial traería sanciones

El borrador del proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial y Gestión de Suelo, que ha causado polémica en sectores de oposición, no solo crea una Junta Reguladora y una Superintendencia del Territorio, sino que, además, fija los parámetros sancionadores. Existen severas multas para quienes incumplan esta normativa y no se ajusten a los lineamientos de planificación y ejecución nacionales.
El Título VI de este documento, que será analizado por la Comisión de GobiernosAutónomos, se refiere a las infracciones y las clasifica en tres tipos: muy graves, graves y leves.

Muy graves

Constan aspectos como ejecutar obras de urbanización o de edificación sin autorización en suelos urbanos o rurales protegidos. También el derrocar edificios protegidos, autorizar obras o usos de suelo contrarios al ordenamiento territorial y urbanístico, o conociendo de su ilicitud.
En estos casos las sanciones previstas en el borrador del proyecto pueden ser el decomiso del beneficio o plusvalía obtenido en el acto ilícito y una multa de entre 30 y 300 remuneraciones básicas (hasta 102.000 dólares) a cada uno de los sujetos responsables. También la suspensión temporal sin remuneración por un plazo de más de seis meses o la destitución del servidor público. La infracción prescribe a los seis años de su comisión.


Infracciones graves

Constan en 13 literales, entre los que se destacan: urbanizar o edificar sin autorización en áreas urbanas o rurales no protegidas; incumplir el deber de conservación de los edificios, construcciones e instalaciones, provocando su situación de ruina; y autorizar escrituras públicas u otros documentos o practicar inscripciones y anotaciones en el registro de la propiedad sin haber recabado la documentación exigida en esta ley.
En estos casos las sanciones, además del decomiso y la suspensión del funcionario, son de entre 3 y 30 remuneraciones básicas (hasta 10.200 dólares). Estas infracciones prescriben a los tres años.


Infracciones leves

Las infracciones consideradas leves van desde ejecutar sin autorización obras de rehabilitación, conservación o derrocamiento en edificios que no tengan ninguna protección, hasta omitir la colaboración a las autoridades competentes para las inspecciones de obras y los usos de suelo.
Quienes incurran en alguna de estas irregularidades podrán ser multados con hasta tres remuneraciones básicas (1.020 dólares) y una amonestación escrita al servidor público. La infracción prescribe al año.

 

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