No hay consenso para tipificar el linchamiento

QUITO.- En la Comisión de Justicia no hay consenso para debatir la propuesta de la asambleísta María Augusta Calle, que busca sancionar en el Código Integral Penal con prisión un posible delito de linchamiento mediático.

La mayoría de legisladores piden mantener las sanciones administrativas que ya constan en la Ley de Comunicación.

Para el presidente de la Comisión, Mauro Andino, hay que analizar el documento presentado por Calle, para incorporar la propuesta o rechazarla.

Ximena Ponce (AP) coincidió con Andino en cuanto al análisis, pero aclaró que ya constan en la ley sanciones administrativas.

Igual lo dice Mariángel Muñoz (AP), integrante de la Comisión de Justicia, precisando que tanto en el ámbito penal como en el civil existen figuras como la injuria o el daño moral que serían delitos con similitud al del linchamiento mediático.

Lourdes Tibán, rechazó la propuesta de Calle y advirtió que de aprobarse el primer sancionado debería ser el presidente de la República, porque a cada momento realiza linchamiento mediático en contra de la oposición.

DESPROPORCION

El director de Fundamedios, Mauricio Alarcón, alertó que no hay una conducta punible sino censura previa en la figura de linchamiento mediático. El término es una generación nueva y no está tipificada en otras legislaciones, indicó en una entrevista radial.

Según Alarcón, no se pide que se libere de sanción a los periodistas, sino que se demande responsabilidad ulterior en el ejercicio profesional, además que la sanción propuesta de uno a tres años es desproporcionada.

El jurista, Álvaro Román, en un debate radial, sostuvo que el derecho penal debe ser la última puerta que debe ser usada. “No se puede aplicar el derecho penal para todo”, al rechazar que se intente penalizar el linchamiento mediático pues ya existe una sanción administrativa que incluso puede ser llevada al campo civil.

Entre los problemas de la propuesta que advierte Román es la ambigüedad de las palabras utilizadas, y pregunta, ¿cómo se prueba la concertación? y en caso de que se logre su tipificación, esto quedará a discrecionalidad de la Fiscalía. (ALA).

LA ENTREVISTA

Ricardo Vaca, Abogado penalista

“Propuesta es ilegal e innecesaria”

¿Desde su punto de vista es posible penalizar el linchamiento mediático que plantea la asambleísta del oficialismo María Augusta Calle?
Cuando se tiene mayoría legislativa todo es posible. Otra cosa es que se legisle con sabiduría, con ponderación, con inteligencia, por ello que la propuesta de la legisladora no pasará. Simplemente porque es inútil, ilegal e innecesaria.

¿Jurídicamente qué implicaría tipificar esta figura en el Código Penal Integral que ya consta en la Ley de Comunicación pero con una sanción administrativa?
Una violación de la garantía fundamental del derecho penal y procesal penal consustancial al debido proceso, según la cual ninguna persona puede ser juzgada dos o más veces por una misma causa.

Partiendo que el linchamiento mediático es la difusión de información concertada a través de los medios de comunicación para desprestigiar a una persona natural o jurídica.

¿En qué podría diferenciarse con la figura de injurias calumniosas que ya está tipificada en el Código Penal?
La diferencia estaría en el supuesto inicial,  que es la concertación, es decir la unión de voluntades (de los periodistas) dolosamente dirigidas a un mismo y único fin: dañar, de manera reiterada y sistemática la honra, la dignidad, el buen nombre de una persona, difundiendo en el medio de comunicación información  que se divulga como noticia de carácter informativo, de conductas inapropiadas o delictivas que se atribuyen a un sujeto, funcionario público o no.

La sanción de 1 a 3 años en contra de los periodistas que propone la asambleísta Calle para quien incurra en esta infracción,

¿no es exagerada y no se contrapone a la que se prevé en el Código Penal para el delito de injurias?
Así es efectivamente.

Según su experiencia en materia penal, ¿hasta qué punto se está penalizando la libertad de expresión?
Tengo la impresión personal de que eso es precisamente lo que se quiere evitar, que los medios de comunicación lleven a conocimiento del gran público noticias relacionadas con actuaciones delictivas, o al menos inapropiadas de ciertas personas, especialmente de funcionarios públicos.

Con todo ello, ¿es necesaria la tipificación del linchamiento mediático?
No. De ninguna manera.

Cómo ciudadano y abogado en libre ejercicio, ¿qué debería hacer la Asamblea Nacional con esta propuesta?
Creo que finalmente primará  la sensatez y la Asamblea Nacional archivará esa propuesta que, reitero, es innecesaria y violatoria al derecho procesal penal.

Juristas consideran que el Estado no puede ni debe penalizar todo, ¿comparte con ese criterio?
Es de esperar que los asambleístas entiendan que el Derecho Penal es de ´ultima ratio´, es decir que las normas del deber ser, de carácter punible, pueden ponerse en vigencia únicamente cuando otras normas no son suficientes para buscar el efecto que busca la sociedad.

Fuente : Diario el Mercurio

Fecha : 9 de Agosto de 2013

http://www.elmercurio.com.ec/392569-no-hay-consenso-para-tipificar-el-linchamiento.html

Deja un comentario